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Seguro de impago de alquiler
by ARAG
El seguro de impago de alquiler que no requiere documentación para la contratación y se tramita 100% online.
- Alquiler seguro: si el inquilino no paga, el seguro se hará cargo de las cuotas vencidas no abonadas.
- Protección: cubre los actos vandálicos que el inquilino pudiera ocasionar sobre el continente, al abandonar el inmueble.
Ver ventajas

Garantía de inquilino
by Aserta
La primera garantía de alquiler que contrata el inquilino y asegura al propietario el cobro del alquiler, gastos de comunidad y suministros.
- Ayudas a que el inquilino consiga el piso que quiere, sin esperas, sin miedo a ser rechazado.
- Ayudas a que el propietario se asegure el cobro de todas las mensualidades, sin dinero ni esfuerzo extra.
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Cierra tus operaciones de alquiler en menos tiempo y con mayor rentabilidad
Menos visitas comerciales, más propietarios tranquilos e inmuebles seguros.
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Preguntas frecuentes sobre idealista/seguros para profesionales
Un propietario NO tiene la obligación de contratar ningún seguro para su vivienda de alquiler. Pero es importante considerar que, en vista del aumento de la morosidad y la situación económica actual, es fundamental que los propietarios de viviendas de alquiler consideren la contratación de un seguro de impago. Este tipo de seguro brinda protección al propietario, ofreciendo tranquilidad ante posibles incumplimientos de pago por parte de los inquilinos. Ante los desafíos económicos y legales actuales, contar con este seguro se vuelve aún más necesario para resguardar los ingresos y salvaguardar la estabilidad financiera de los propietarios.
Otra opción sería que el inquilino quisiera contratar la garantía del inquilino, un seguro de caución que también protege al propietario ante potenciales impagos de su inquilino. Pero tampoco es obligatorio.
Lo primero que tienes que saber es que no existe un seguro de una vivienda de alquiler como tal. Si que existen, como hemos mencionado anteriormente, los seguros que protegen al propietario si un inquilino deja de pagar las rentas mensuales.
Uno de estos seguros es el seguro de impago de alquiler, y el responsable de pagarlo es el propietario.
Otro, es la garantía del inquilino, un seguro de caución. Que también tiene entre otras cosas, la misión de proteger al propietario ante potenciales impagos del inquilino. Pero este seguro no lo paga el propietario, el responsable de pagarlo es el inquilino.
El seguro de impago de alquiler es complementario al seguro de hogar de una vivienda de alquiler. El seguro del impago del alquiler te cubre principalmente el impago del alquiler del inquilino de 12 mensualidades hasta un máximo de 12 meses desde el primer mes de impago. También cubre la cobertura de deuda del inquilino moroso en contratos de arrendamiento donde aclare que el arrendador será el titular de los suministros (agua, luz y gas). Así mismo, el seguro cubre Actos vandálicos de hasta 3.000 euros en continente, siempre que haya demanda presentada y el arrendatario causa actos de vandalismo en el inmueble, la compañía aseguradora asume hasta 3.000€ en concepto de las reparaciones del continente. Aparte, encontramos muchas otras coberturas como Asistencia jurídica, virtual, personal y telefónica para el propietario, defensa de los derechos relativos al inmueble, defensa y reclamación del contrato de arrendamiento, reclamación de daños y defensa de responsabilidad penal, entre otras cosas.
Pero, además, tú como propietario puedes tener un seguro del hogar para la vivienda destinada al alquiler y cubrir tu continente y contenido.
Aseguradoras: ARAG SE, Sucursal en España; Aseguradora ASERTA, S.A. de C.V. Sucursal en España.